Constituir una comunidad de propietarios, además de un trámite legal, es el punto de partida para una gestión organizada y eficaz del edificio. Pero, ¿cómo se hace esto exactamente? Al ser un trámite burocrático complejo, nuestra recomendación es que pida asesoramiento especializado: en Francisco Rodríguez, S.L. podemos convertirnos, si lo necesita, en su administrador de comunidades en Ribeira, acompañándole en primer lugar a realizar todo lo necesario para la constitución de su comunidad de propietarios. ¡Estos son los pasos más relevantes!
1. Convocar la junta de constitución
El primer paso es que uno de los propietarios o el promotor convoque a todos los vecinos a una junta con un orden del día claro: constituir la comunidad. La convocatoria debe llegar a todos los propietarios, especificando la fecha, hora, lugar de reunión y los puntos que se tratarán.
2. Celebrar la junta y tomar acuerdos
Durante la reunión se eligen los cargos básicos: presidente, secretario y, si procede, administrador. También se aprueban los estatutos y las normas de régimen interior si se consideran necesarias. Otro punto importante es fijar el presupuesto inicial, las cuotas de participación y acordar la creación del fondo de reserva, que por ley debe ser de al menos el 5% del presupuesto ordinario.
3. Redactar el acta de constitución
Todos los acuerdos de la junta deben quedar recogidos por escrito en el acta de constitución. Este documento debe incluir la lista de asistentes, sus cuotas de participación, los votos emitidos y los cargos elegidos. Es imprescindible, por cierto, que esté firmada por el presidente y el secretario, ya que servirá de base para trámites posteriores.
4. Legalizar el libro de actas
El libro donde se registrarán todas las reuniones de la comunidad debe legalizarse en el Registro de la Propiedad correspondiente. Hacerlo no es tan complejo como suena: el presidente o el administrador autorizado solo debe presentar el libro junto con una instancia y una copia del acta de constitución. No hacerlo provocará que las actas carezcan de validez legal.
5. Solicitar el NIF de la comunidad
El Número de Identificación Fiscal es necesario para que su comunidad pueda abrir una cuenta bancaria, contratar servicios o cumplir con sus obligaciones fiscales. Se obtiene en la Agencia Tributaria mediante el modelo 036 o 037, aportando el acta de nombramiento del presidente, su DNI y la escritura de división horizontal del edificio.
¿Necesita ayuda con la constitución de una comunidad de propietarios en Ribeira?
¡No se preocupe! En Francisco Rodríguez, S.L. nos encargamos de todos estos pasos para que la constitución de su comunidad sea rápida y sin complicaciones. Además, ofrecemos una gestión integral de administración de comunidades en Ribeira: redacción de estatutos, contabilidad, reclamaciones a morosos y cualquier trámite que asegure el buen funcionamiento del edificio.
Si va a constituir una comunidad de propietarios o quiere mejorar su gestión, no lo dude: ¡contacte con nosotros!