El despido de un trabajador, si bien a veces necesario para la salud de la empresa, es un proceso que exige el máximo rigor y el estricto cumplimiento de la ley. Nunca debe tomarse a la ligera, ya que un error en el procedimiento o en la causa puede llevar a que el despido sea declarado improcedente o nulo, con las importantes consecuencias económicas y laborales que esto implica para su negocio.
A continuación, desde Francisco Rodríguez, S.L., nuestros asesores laborales en Ribeira arrojan luz sobre esta cuestión. ¡Siga leyendo!
La importancia de la causalidad y la forma
La ley exige que todo despido se fundamente en una causa real y justificada, lo que se conoce como la causalidad del despido. Además, la comunicación debe realizarse de forma precisa, detallada y por escrito.
La carta de despido no es un simple formalismo; es el documento esencial que marca el inicio del proceso y que debe especificar de manera clara e inequívoca:
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La fecha en la que el despido tendrá efectos.
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Los hechos que lo motivan, describiéndolos con suficiente detalle.
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La normativa o el artículo del Estatuto de los Trabajadores que se aplica.
Cualquier defecto en la forma o una insuficiente justificación de la causa pueden ser motivos de impugnación por parte del empleado.
La liquidación y la indemnización
Junto con la comunicación del despido, usted debe poner a disposición del trabajador la correspondiente liquidación de haberes. Este finiquito debe incluir todas las cantidades pendientes, como el salario del mes en curso, la parte proporcional de las pagas extra devengadas y las vacaciones no disfrutadas.
En el caso de un despido objetivo, es obligatorio entregar una indemnización legal (20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades), además de conceder un preaviso de 15 días. Si opta por el despido disciplinario, que no conlleva indemnización, debe estar absolutamente seguro de que la falta grave imputada está plenamente acreditada.
Vía previa: el acto de conciliación
Una vez efectuado el despido, el trabajador tiene la potestad de impugnarlo. El primer paso obligatorio antes de llegar a los tribunales es la presentación de una papeleta de conciliación ante el servicio administrativo correspondiente (en Galicia, el SMAC).
Este acto es una oportunidad para llegar a un acuerdo y evitar el litigio. Si se llega a un pacto (normalmente el reconocimiento de la improcedencia del despido y el pago de la indemnización pactada), se cierra el conflicto.
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